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Iniciativa Ciudadana Europea

Prohibición del glifosato y protección de las personas y del medio ambiente frente a los pesticidas tóxicos

Presentación y examen

La iniciativa Prohibición del glifosato y protección de las personas y del medio ambiente frente a los pesticidas tóxicos se presentó a la Comisión el 6 de octubre de 2017, tras haber reunido 1 070 865 declaraciones de apoyo. Ver el comunicado de prensa.

El 23 de octubre de 2017, los organizadores se reunieron con Frans Timmermans y Vytenis Andriukaitis, vicepresidente primero y comisario de Salud y Seguridad Alimentaria de la Comisión Europea, respectivamente. Ver el comunicado de prensa.

El 20 de noviembre de 2017 se celebró en el Parlamento Europeo una audiencia pública.

El 12 de diciembre de 2017, la Comisión aprobó una Comunicación con las medidas que prevé adoptar para dar respuesta a la iniciativa Prohibición del glifosato y protección de las personas y del medio ambiente frente a los pesticidas tóxicos. Ver el comunicado de prensa.

Respuesta de la Comisión Europea

Documentos oficiales:

Principales conclusiones de la Comunicación

  • En lo que respecta al primer objetivo, «prohibir los herbicidas basados en el glifosato», la Comisión consideró que no existían fundamentos científicos ni jurídicos que justificasen la prohibición del glifosato, por lo que no iba a hacer propuesta legislativa alguna al efecto.
  • En relación con el segundo objetivo, «garantizar que la evaluación científica de los pesticidas sometidos a aprobación reglamentaria en la UE se base exclusivamente en estudios publicados y encargados por las autoridades públicas competentes, y no por la industria de los pesticidas», la Comisión se comprometió a presentar una propuesta legislativa antes de mayo de 2018 para, entre otras cosas, aumentar la transparencia de la determinación del riesgo en la cadena alimentaria de la UE y reforzar —a través de una serie de medidas— la gobernanza para la realización de los estudios encargados por la industria y presentados a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) para la evaluación del riesgo. Ver más abajo el apartado «Seguimiento».
  • En cuanto al tercer objetivo, «establecer objetivos de reducción del empleo de pesticidas de carácter vinculante en toda la UE, con vistas a un futuro libre de pesticidas», la Comisión manifestó su intención de centrarse en la aplicación de la Directiva sobre el uso sostenible y anunció que volvería a evaluar la situación, en principio en un informe al Consejo y al Parlamento sobre la aplicación de la Directiva, previsto para 2019. La Comisión se comprometió también a establecer indicadores armonizados del riesgo que permitan el seguimiento de las tendencias a nivel de la UE y a utilizar los datos resultantes como base para determinar futuras opciones políticas.

Seguimiento

Esta sección ofrece información sobre las medidas de seguimiento adoptadas por la Comisión y otras instituciones, a raíz de la respuesta de la Comisión.

Medidas legislativas (segundo objetivo): «garantizar que la evaluación científica de los pesticidas sometidos a aprobación reglamentaria en la UE se base exclusivamente en estudios publicados [...]»

En respuesta al segundo objetivo de la iniciativa (ver más arriba), la Comisión adoptó el 11.4.2018 una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la transparencia y la sostenibilidad de la determinación del riesgo en la cadena alimentaria de la UE.

Teniendo en cuenta las preocupaciones de los ciudadanos y los resultados del control de adecuación de la legislación alimentaria general efectuado por la Comisión, la propuesta consistió en una modificación específica del Reglamento sobre legislación alimentaria general y —en lo que se refiere a aspectos de transparencia y confidencialidad— de otros ocho actos legislativos sectoriales.

Aunque la iniciativa ciudadana trataba únicamente del ámbito de los productos fitosanitarios, el Reglamento, basado en la propuesta de la Comisión, abarca toda la cadena alimentaria y todos los productos regulados en la cadena alimentaria.

Tras el acuerdo del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo se publicó en el Diario Oficial de la UE el 6 de septiembre de 2019. Entró en vigor a los 20 días de su publicación y fue aplicable 18 meses después, es decir, el 27 de marzo de 2021.

 

Los elementos principales del Reglamento tienen como objetivo:

  • Garantizar más transparencia – La ciudadanía tendrá acceso automático a todos los estudios e información que presente la industria en el proceso de determinación del riesgo. Las partes interesadas y el conjunto de la población también serán consultados sobre los estudios que se presenten. Al mismo tiempo, el Reglamento garantizará la confidencialidad (en circunstancias debidamente justificadas), estableciendo el tipo de información cuya divulgación puede perjudicar seriamente a los intereses comerciales, por lo que no debe hacerse pública.
  • Aumentar la independencia de los estudios – Todos los estudios encargados se notificarán a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para así garantizar que las empresas que soliciten las autorizaciones presenten toda la información relevante, sin ocultar los estudios desfavorables. Antes de la presentación de los expedientes, la Autoridad también facilitará asesoramiento general a los solicitantes (y, en particular, a las pymes). La Comisión puede pedir a la Autoridad que encargue más estudios con fines de verificación y llevará a cabo misiones de investigación para obtener garantías de que los laboratorios y los estudios cumplen las normas aplicables entre marzo de 2021 y marzo de 2025.
  • Reforzar la gobernanza y la cooperación científica – Los Estados miembros, la sociedad civil y el Parlamento Europeo participarán en la gobernanza de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, a través de la debida representación en su Junta Directiva. Los Estados miembros fomentarán la capacidad científica de la Autoridad, involucrando en sus actividades a los mejores expertos independientes.
  • Establecer una comunicación global del riesgo – El nuevo Reglamento establece objetivos y principios generales de comunicación del riesgo. En los próximos años, la Comisión, en estrecha cooperación con los Estados miembros y con la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, adoptará un plan general de comunicación del riesgo para garantizar una estrategia coherente de comunicación del riesgo a lo largo de todo el proceso de análisis del riesgo, junto con un diálogo abierto entre todas las partes interesadas.

La Comisión y la EFSA colaboran estrechamente para garantizar la correcta aplicación del nuevo Reglamento.

Para más información, ver la página sobre este tema en la web de la Comisión.

Medidas legislativas y no legislativas (tercer objetivo): «establecer objetivos de reducción del empleo de pesticidas de carácter vinculante en toda la UE, con vistas a un futuro libre de pesticidas»

Reducción del uso de plaguicidas: una prioridad clave para la Estrategia «De la granja a la mesa»

La Estrategia «De la granja a la mesa», publicada en mayo de 2020, establece objetivos ambiciosos con respecto a los plaguicidas, en particular una reducción del 50 % del uso y del riesgo de los plaguicidas químicos y de los plaguicidas más peligrosos.

Para obtener información actualizada sobre la evolución en el ámbito del uso sostenible de los plaguicidas y los indicadores de riesgo armonizados, véase el sitio web de la Comisión sobre este tema.

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