Para saber si una propuesta puede ser objeto de una iniciativa ciudadana, hay que comprobar si se refiere a una política que pertenezca a algún ámbito de competencias de la UE y en la que la Comisión esté facultada para presentar una propuesta de acto jurídico.
Cuando se inscribe una iniciativa en el registro, hay que indicar las disposiciones de los Tratados (artículo u otra referencia más amplia) que los organizadores consideran pertinentes para la acción propuesta.
La Comisión está facultada para proponer un acto jurídico cuando el artículo del Tratado:
- hace referencia a un procedimiento legislativo (“procedimiento legislativo ordinario” o “procedimiento legislativo especial”), salvo que en el texto se disponga lo contrario (casos concretos en los que se especifica que la propuesta debe hacerla otra institución)
O BIEN
- establece explícitamente que corresponde a la Comisión presentar una propuesta.
Ejemplo: «El Consejo, a propuesta de la Comisión [...]».
Políticas y artículos correspondientes del Tratado
Para más información...
- examinar detenidamente las competencias de la Comisión
- verificar qué proyectos han sido objeto ya de iniciativas registradas
- consultar las respuestas negativas de la Comisión a las propuestas que no cumplían los requisitos de registro
- obtener orientación y asesoramiento adicionales a través del Foro de la Iniciativa Ciudadana Europea.